Por: Samuel Peredo Cuentas
Durante una entrevista que realizaron en una radio muy conocida en Cochabamba, le preguntaron al Presidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Cochabamba (APDHC) lo siguiente: “Cuándo un poncho rojo maltrata a un ciudadano de a pie ¿acaso no está violando los DDHH de ese ciudadano?”
Esa pregunta del periodista parecía ignorar que: 1. El poncho rojo también es un ciudadano, 2. Que los pleitos entre ciudadanos se dirimen en la justicia ordinaria, 3. Que el problema en Bolivia no es de carácter individual, sino de dimensiones sociopolíticas, y 4. Que, si se trata DDHH, el principal responsable y con competencia exigible (jurídicamente) es el Estado.
La pregunta de por sí nos sorprendió, dado que se trata de un periodista que día a día viene compartiendo información y opiniones al público cochabambino, y el hecho que pueda realizar ese tipo de preguntas significaba que aquel acto de desconocimiento estaba siendo socializado a través de su medio, confundiendo más a la población. Por suerte, el presidente de la APDHC estuvo oportuno para aclarar aquella confusión del periodista.
En todo caso, dicha interacción con este periodista nos sirvió para reflexionar acerca de que esta incomprensión de los DDHH está muy generalizada. Durante mis años de militancia en DDHH, he visto que acuden a nosotros para tratar temas que nada tienen que ver con los DDHH. Recuerdo, por ejemplo, que en una ocasión llegaron a nuestras oficinas familias en disputas personales, que solicitaban la presencia de la APDHC para que “ayuden” a calmar a los parientes peleados. En otro caso, hemos recibido la solicitud de personas que denunciaban a sus vecinos por el ruido de la música en sus fiestas y que no dejaban dormir a sus abuelos.
Existe, evidentemente, en la base de la sociedad civil, una incomprensión generalizada de lo que significan los DDHH, que se manifiesta en estas formas inocentes de pedir “ayuda” a las instituciones de DDHH. Sin embargo, y esto es lo preocupante, existe también quienes “confunden” los DDHH de forma instrumental. Así, por ejemplo, recuerdo a algunos bufets de abogados que solicitaban la presencia de la APDHC en juicios ordinarios, porque dudaban de la “imparcialidad” del juez; es decir, pretendían utilizarnos en sus estrategias de litigio.
Como se puede deducir de lo anterior, la confusión sobre los DDHH puede derivar en prácticas erróneas e instrumentalizadas, desvirtuando toda la historia de lucha y sangre que costó los DDHH. En este sentido, creemos importante compartir con los lectores algunos criterios básicos sobre lo que son los DDHH:
- Los Derechos Humanos son una doctrina filosófica, política y jurídica, que considera que todo ser humano tiene una dignidad inherente a su existencia, y que esa dignidad está protegida por una serie de derechos fundamentales (a la vida, a la salud, a la educación, al trabajo, etc).
- Que los derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes, integrales e inalienables; es decir, deben garantizarse en conjunto.
- Si todas las personas somos iguales y tenemos los mismos DDHH ¿quién puede garantizarlos de manera global? En la doctrina de los DDHH, es el Estado, como sociedad políticamente organizada, el que mejor capacidad tiene para hacer valer los DDHH, y es en virtud de ello que la sociedad le obliga a firmar acuerdos, tratados y convenciones. Porque si no los firma, el Estado no tendría obligación jurídica de hacer valer dichos derechos.
- Por tanto, el principal obligado (jurídica e institucionalmente) a velar por los DDHH es el Estado; su acción u omisión implica violación de DDHH.
¿Qué es la violación de DDHH? Es la vulneración de cualquiera de los derechos fundamentales reconocidos por los tratados nacionales e internacionales de DDHH. Cuando estas vulneraciones se vuelven sistemáticas, revelan además problemas estructurales y responsabilidades más profundas del Estado. Cuando un ciudadano golpea a otro ciudadano, es un delito. Pero cuando la violencia es entre ciudadanos y diariamente, estamos ante un hecho sistemático (racismo, clasismo, enfrentamiento civil por diferencias políticas), lo cual implica una falta (por acción u omisión) del Estado. Entonces ahí si hay violación de DDHH.
Dicho esto, debe entenderse que toda institución defensora de DDHH tiene como principal objeto de interpelación al Estado, por ser éste el sujeto jurídica e institucionalmente obligado a garantizar estos DDHH. Por tanto, si bien las instituciones de DDHH pueden coordinar esta exigibilidad con Estado, no está en la doctrina alinearse funcionalmente al Estado; es decir, con ningún gobierno.
Sin embargo, una cosa es la doctrina y otra cosa la realidad. Ahí es donde encontramos paradojas. Por ejemplo, cuando vemos a algunos ex representantes de DDHH, declarando en favor de las represiones de Senkata y Sacaba (2019), a lado de grupos paramilitares como las “resistencia k´ochala” (según el informe de la CIDH, 2020) o defendiendo al actual gobierno, es la muestra de que la confusión puede convertirse en base para la instrumentalización de los derechos humanos, rompiendo con toda la doctrina de los DDHH y avalando la violación de los mismos.
Esperemos que el presente texto, sirva como punto de partida para que los comunicadores y las instituciones que se reclaman de DDHH, puedan redirigir su mirada a la doctrina y corregir, a tiempo, sus posiciones. Antes que la confusión gane más terreno.
